martes, 27 de septiembre de 2011

PUNTOS CLAVE PARA ELABORAR UNA DECLARACIÓN DE RENTA

Al momento de elaborar una Declaración de Renta le recomendamos tener en cuenta los siguientes puntos que hemos encontrado con frecuencia que  se manejan  de forma incorrecta, quedando la Declaración de Renta mal elaborada y con el riesgo de generar posteriormente requerimientos de la DIAN y posibles sanciones :
Fechas de vencimiento : presentar la declaración con posterioridad a su fecha límite le genera sanciones e intereses de mora.

Formularios : las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben utilizar exclusivamente el formulario 210 aún si se trata de independientes.

Renglones en cero: en las casillas correspondientes a valores donde no se ingresen cifras debe escribirse siempre el número cero.

Aproximación de cifras : las cifras en la Declaración de Renta se deben aproximar al múltiplo más cercano de mil.

Verificar operaciones de suma y resta : para descartar errores aritméticos que puedan ocasionar una liquidación incorrecta del impuesto y generar la necesidad de corregir la declaración.

Patrimonio : tenga en cuenta que las normas establecen valores específicos por lo cuales se deben declarar los activos como inmuebles, vehículos, ganado y acciones.

Deudas : las deudas que se incluyan en la Declaración de Renta deben estar respaldadas por documentos de fecha cierta como pagarés o letras de cambio.

Ingresos no constitutivos de renta: son ingresos que no están sometidos a impuesto de renta. Deben tenerse en cuenta los topes que tienen definidos los ingresos no constitutivos de renta.

Retiros de fondos de pensiones : si el retiro se produce antes de cumplirse la permanencia mínima suman como otros ingresos en el año en que se efectúe dicho retiro y afectan tanto para la liquidación del impuesto como para el tope que obliga a declarar renta.

Retiros de fondos de cesantías : suman al ingreso en el año en que se efectúe el retiro tanto para la liquidación del impuesto como para el tope que obliga a declarar renta.

Rentas exentas : son rentas cuyo impuesto es cero. Deben tenerse en cuenta los topes que tienen definidas las rentas exentas y que es necesario restar los costos y deducciones asociados al ingreso que genera la renta exenta. Un mismo ingreso no se puede considerar simultáneamente como no constitutivo de renta y como generador de renta exenta.

Indemnizaciones y bonificaciones : suman como ingreso en el año en que se reciben tanto para la liquidación del impuesto como para el tope que obliga a declarar renta.

Deducción por aporte obligatorio a salud : debe coincidir con el valor que se encuentra en el Certificado de Ingresos y Retenciones.

Deducción por vivienda, salud y educación : tener en cuenta que la deducción por intereses de vivienda y la de pagos por salud y educación son excluyentes, es decir, no se pueden usar al tiempo las dos. Para utilizar la deducción por salud y educación el ingreso anual del año anterior debe ser inferior al señalado en las normas.

Renta presuntiva : debe liquidarse desde la primera Declaración de Renta caso en el cual se tiene en cuenta el patrimonio que se poseía al empezar el año en que quedó obligado a declarar.

Costos y deducciones : El ingreso por salarios no puede ser afectado con pérdidas originadas en otras actividades diferentes a la de asalariado. Los deducciones que se permiten a los asalariados están expresamente señaladas en las normas y no es posible deducir los gastos de manutención del asalariado o de su familia. En el caso de los independientes los costos deben cumplir con los requisitos de necesidad, causalidad y proporcionalidad y estar debidamente soportados.

Deducción por inversión en activos fijos : puede ser utilizada por las personas naturales siempre y cuando se cumplan todos los requisitos que establece la norma.

Ganancias ocasionales : tener en cuenta que si se venden activos que hayan sido poseídos por menos de 2 años no se incluyen como ganancia ocasional sino dentro de los ingresos ordinarios.

Liquidación del impuesto : es necesario asegurarse de utilizar en la tabla de liquidación la UVT correspondiente al año que se está declarando y no la del año en curso.

Descuentos : un mismo concepto no se puede manejar al mismo tiempo como deducción y como descuento. La deducción se aplica antes de liquidar el impuesto y el descuento se aplica al impuesto ya liquidado.

Retenciones en la fuente : incluir solamente retenciones de las cuales se tenga soporte y que hayan sido efectuadas en cabeza de quién está declarándolas.

Impuesto mínimo de renta : si en la Declaración de Renta se están incluyendo descuentos es necesario verificar que el impuesto final no quede por debajo del mínimo establecido en la norma.

Sanciones : tener en cuenta que la sanción se liquida aparte de los intereses de mora.

Intereses de mora : se generan siempre que se pague el impuesto después de la fecha límite. La liquidación se hace diaria teniendo en cuenta la tasa de mora respectiva para cada período y con metodología de interés compuesto.

Beneficio de Auditoría : solo puede utilizarse si en el año que se toma como referencia el impuesto neto de renta fue superior a 41 UVT. No aplica si al mismo tiempo se está utilizando la Deducción por Inversión en Activos Fijos.

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